La nulidad puede impetrarse respecto de actos en los cuales hayan suscitado ciertos vicios. Con esto, se pretende retrotraer al estado anterior de los hechos respecto de los cuales se pretende la declaración de nulidad. Existe la nulidad relativa y la absoluta, teniendo ambas distintos tipos de requisitos y plazos de prescripción para impetrar la acción.